A- de 2022
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Herrera Castello Alvaro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicción entre el Tribunal Administrativo de Bolívar y el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Cartagena.
La controversia se presentó por la interposición del control de nulidad y restablecimiento del derecho por parte de Colpensiones, con el fin de que se declare la nulidad de unas Resoluciones, mediante las cuales, en cumplimiento de un proceso de tutela, se le reconoció una pensión de invalidez a un particular.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reiteró la regla de decisión fijada en el Auto 316/21, señalando que, conforme a los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011, el juez de lo contencioso administrativo es el competente para conocer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por la administración en contra de sus propios actos administrativos, de contenido particular y concreto, en donde el titular del derecho no haya dado su consentimiento para revocarlo.
Y concluyó que la autoridad competente para decidir el mencionado proceso es el Tribunal Administrativo de Bolívar, a donde ordenó remitir el expediente para que le imparta el trámite correspondiente y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre Tribunal Administrativo de Bolívar y el Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Cartagena y DECLARAR que el conocimiento de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Colpensiones contra la Resolución SUB 120757 del 3 de junio de 2020 corresponde tramitarla al Tribunal Administrativo de Bolívar.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1886 al Tribunal Administrativo de Bolívar para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de la referida acción de nulidad y restablecimiento del derecho y para que comunique la presente decisión al Juzgado
- Sexto. Laboral del Circuito de Cartagena y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.